Costa Rica es pionero en protección de datos personales en la región. Los datos personales de los costarricenses, visitantes y residentes en el país, están protegidos por ley desde el 2011. Sin embargo, en el mes de noviembre se presentó ante el Órgano Legislativo una iniciativa que dispone crear un repositorio o único de datos biométricos y encargar su administración al Tribunal Supremo de Elecciones (TSE). El proyecto establece acceso irrestricto al Organismo de Investigación Judicial, el Ministerio Público, los cuerpos de policía adscritos al Ministerio de Seguridad y la Dirección General de Migración y Extranjería.
El Proyecto se presenta como una medida para atacar la criminalidad. El mismo le daría a los organismos de investigación la oportunidad de utilizar una base de datos personales biométricos centralizada. De aprobarse, Costa Rica se convertiría en el primer país del mundo en comercializar los datos sensibles de su población, incluyendo menores de edad y extranjeros.
La medida pudiera lesionar los derechos y garantías de millones de personas, sobretodo meses después de la filtración y mal manejo de datos por parte de la Casa Presidencial, lo que ha llevado a numerosos activistas y conocedores del derecho, presentar una iniciativa junto a asambleístas para elevr la protección de datos personales a nivel constitucional.
La situación global
¿Qué son los datos biométricos? Son los datos que permiten identificar a una persona mediante la medición de características físicas como las huellas dactilares, el ADN, la lectura de la retina o el iris, el reconocimiento facial, de la voz, o vascular, la geometría de la mano, o también características comportamentales como la forma de escribir en un teclado o de firmar. La mera fotografía de una persona o incluso la simple impresión de su huella digital, por sí mismas no son datos biométricos si no existe un tratamiento técnico que permita identificar a las personas. Al referirse el Proyecto a datos biométricos, debe entenderse que lo que se ofrecerá será precisamente ese mecanismo técnico de identificación unívoca de personas.
Los datos biométricos son datos personales sensibles, y así lo establece no sólo la Ley de Protección de Datos Personales costarricense sino el estándar internacional en la materia. De hecho, el Convenio 108+, único tratado internacional en materia de protección de datos personales al que Costa Rica manifestó intención de adherirse, y el Reglamento General de Protección de Datos Personales de la Unión Europea establecen la condición de sensible de tales datos, pero en especial la prohibición de su tratamiento cuando procuren identificar unívocamente a una persona, que es justamente lo que busca el Proyecto en cuestión.
El tratamiento de los datos personales biométricos está sujeto, bajo el estándar internacional, a estrictos controles, que parten de la existencia de una evaluación de impacto de dichos tratamientos a los derechos y libertades de los ciudadanos, la definición clara de los fines para los que se recaban y tratan, y la designación de un delegado de protección de datos personales. Nada de esto se regula en el Proyecto en comentario.
Tus datos del Estado
De aprobarse este Proyecto, tecnologías de videogilancia con reconocimiento facial permitirían identificar a cualquier persona que transite por la vía pública o incluso en espacios privados como centros comerciales, acabando así con el anonimato en los espacios públicos o privados. Cámaras de seguridad instaladas en carreterras podrían identificar al conductor de un vehículo con sólo tomar una fotografía del vehículo en movimiento, o permitir seguimiento contínuo de las personas sin su conocimiento. El acceso a las huellas digitales de los ciudadanos podría permitir el uso ilícito de tales datos generando dedos artificiales o impresiones dactilares en 3D que permiten la usurpación de identidad.
Principales preocupaciones
Las preocupaciones que surgen del Proyecto son principalmente dos:
A) El uso de los datos personales por parte de los Poderes Públicos, no se delimita el tipo de datos biométricos que serán tratados. El proyecto abre la posibilidad de que cualquier dato biométrico sea incorporado al repositorio en el futuro, dependiendo de la tecnología disponible. La iniciativa tampoco exige autorización o control posterior judicial.
B) El Tribunal Supremo de Elecciones podrá comercializar los datos personales y cederlo a cualquier institución pública o incluso empresas particulares (nacionales o extranjeras). La cesión podrá realizarse sin que medie el consentimiento de los titulares de los datos y sin que se establezcan las finalidades.