Panamá, nuevo miembro del Consejo de Seguridad de ONU: Por qué este Consejo debe dar prioridad a los derechos digitales.

Los ataques a los sistemas digitales o contra ellos tienen consecuencias devastadoras para las personas y para el disfrute de los derechos humanos por comunidades enteras. Abordar esta realidad entra claramente dentro del mandato del máximo órgano decisorio de la ONU, el Consejo de Seguridad (CSNU), “mantener la paz y la seguridad internacionales”, así como “cooperar en la solución de los problemas internacionales y en la promoción del respeto de los derechos humanos”. Eso significa que se espera que garantice que los derechos humanos en la era digital sigan estando asegurados y protegidos a través de todos los medios que se le han proporcionado, entre los que se incluye la potestad de aprobar resoluciones vinculantes para todos los Estados miembros. Sin embargo, nuestra investigación, que analiza el lenguaje de los derechos digitales en las resoluciones de la ONU, revela que el CSNU va por detrás de otros órganos de la ONU en el reconocimiento y la protección de estos derechos.  

Access Now lleva más de una década trabajando con socios de la sociedad civil para proteger los derechos digitales de personas y comunidades de todo el mundo, abogando en la ONU por normas mundiales que respeten los derechos, desde la Asamblea General de las Naciones Unidas (AGNU) hasta el Consejo de Derechos Humanos (CDH). En muchos sentidos, los Estados han escuchado. Según nuestras cuentas, han aprobado más de 350 resoluciones en estos dos foros desde 2011 que hablan de cómo las tecnologías digitales afectan a los derechos humanos y al desarrollo sostenible. 

Sin embargo, el CSNU ha guardado silencio sobre estas cuestiones, incluso cuando los Estados y las partes armadas utilizan cada vez más las redes de comunicación como armas, suprimen las voces alternativas o bloquean completamente el acceso a Internet. Este silencio, que ha persistido a pesar de que el CSNU es consciente de la gravedad de las amenazas digitales, es ensordecedor y contribuye al deterioro del derecho internacional, la paz y la seguridad en la era digital. 

En virtud de la Carta de las Naciones Unidas, el CSNU tiene la responsabilidad exclusiva de desactivar posibles conflictos por medios pacíficos, como la emisión de directivas de alto el fuego y el envío de observadores militares o de una fuerza de mantenimiento de la paz. También puede optar por medidas coercitivas, como sanciones económicas, restricciones financieras, embargos de armas, relaciones diplomáticas o incluso acciones militares colectivas. Hoy en día, la mayoría -si no todas- de estas áreas de trabajo implican sistemas digitales. Incorporar las cuestiones digitales y cibernéticas a la labor del CSNU es esencial para la protección de los civiles y las comunidades de todo el mundo.

A continuación presentamos un breve resumen de las conclusiones de nuestra investigación, así como un resumen de nuestras recomendaciones para los Estados miembros del CSNU. 

UN NUEVO ANÁLISIS MUESTRA LAGUNAS FLAGRANTES QUE PONEN EN PELIGRO A LAS PERSONAS

Los organismos de la ONU reconocen desde hace tiempo que los mismos derechos de que disfrutan las personas fuera de línea deben protegerse también en línea. La integración de las cuestiones digitales y cibernéticas en las líneas de trabajo de la ONU comenzó hace más de 25 años y ha ido en aumento desde entonces. Pero hay una excepción: el CSNU. 

Para cuantificar el marcado contraste entre el CSNU y otros órganos de la ONU, revisamos más de 300 resoluciones adoptadas por el CSNU desde 2001. Nuestra evaluación se centró en cuestiones clave para los derechos humanos y la seguridad humana en la era digital, como la gobernanza de contenidos, la tecnología de vigilancia, la recopilación de datos, la libertad de expresión, las plataformas de medios sociales, la censura, el acceso a las telecomunicaciones, la propaganda en línea y las tecnologías emergentes. 

Descubrimos que el CSNU reserva un lenguaje contundente en gran medida a las prioridades operativas y de seguridad física, descuidando los problemas de derechos humanos que surgen en medio de la disrupción tecnológica. Esto deja a oscuras a los actores del conflicto, a las agencias humanitarias y, lo que es más importante, a las personas y comunidades vulnerables y marginadas, ya que la entidad multilateral más poderosa del mundo emite poca luz sobre cómo garantizar la paz y la seguridad humana frente a las amenazas digitales.

LO QUE EL CSNU HA OLVIDADO: LAS AMENAZAS A LOS DERECHOS HUMANOS SON AMENAZAS A LA SEGURIDAD MUNDIAL 

El CSNU sólo es selectivamente reacio a lo digital. Ha abordado los riesgos y desafíos relacionados con los temas digitales y cibernéticos en su lenguaje relativo a las misiones de mantenimiento de la paz de la ONU y las medidas antiterroristas. Por ejemplo, en la última resolución del CSNU sobre la situación en la República Democrática del Congo (MONUSCO), se cita la “intensificación de la violencia entre comunidades alimentada por el discurso del odio, la desinformación y la desinformación, incluso a través de plataformas de medios sociales”, para señalar las repercusiones en la misión de mantenimiento de la paz de la ONU. Por su parte, la resolución de 2022 sobre las amenazas a la paz y la seguridad internacionales causadas por atentados terroristas subraya directamente “la necesidad de que los Estados miembros actúen en cooperación para prevenir y contrarrestar el uso de las tecnologías de la información y la comunicación, incluido Internet, con fines terroristas”. 

Lamentablemente, cuando el CSNU se aleja de una perspectiva de paz y seguridad centrada en la ONU, su tono se debilita. En la mayoría de sus resoluciones, no vemos el tipo de urgencia que debería acompañar a los esfuerzos para proteger a las personas de las amenazas digitales y tecnológicas a sus derechos, especialmente cuando se enfrentan a la violencia y el conflicto. 

Incluso cuando los problemas relacionados con los derechos digitales están bien documentados en crisis concretas, a menudo se hace escasa referencia a ellos en las resoluciones del CSNU. Por ejemplo, a pesar de que existe un historial que establece el impacto perjudicial de la desinformación, la desinformación y la incitación al odio en el país, la resolución 2022 del CSNU sobre la situación en Myanmar sólo cita “las restricciones impuestas al personal médico, la sociedad civil, los miembros de sindicatos, los periodistas y los trabajadores de los medios de comunicación”. 

Más recientemente, la resolución del CSNU sobre la situación en Oriente Medio, incluida la cuestión palestina, reconoce la necesidad de que la población civil de la Franja de Gaza tenga acceso a la electricidad y las telecomunicaciones, pero no cita ni aborda los ataques contra la infraestructura civil de telecomunicaciones y los repetidos cortes de Internet que han tenido efectos devastadores para la población civil. Se trata de una omisión sorprendente. 

El CSNU es muy consciente de la gravedad y urgencia de las amenazas digitales a los derechos humanos. En el debate sobre la resolución 2021 del CSNU sobre la protección de los civiles en la resolución de conflictos armados, varios delegados de Estados miembros destacaron con vehemencia la gravedad de atacar infraestructuras civiles y violar los derechos humanos por medios cibernéticos. Sin embargo, esto no se menciona en la resolución final.

NUESTRAS RECOMENDACIONES A LOS ESTADOS MIEMBROS DEL CSNU 

Las lagunas y omisiones que hemos identificado pueden deberse a la escasa inversión de los Estados miembros del CSNU en sus cuerpos diplomáticos, que pueden carecer de conocimientos adecuados sobre cuestiones digitales y cibernéticas. Los Estados que se enfrentan a crisis regionales y mundiales con menos personal en sus misiones de la ONU pueden tener dificultades para hacer de las tecnologías nuevas y emergentes una prioridad. Un enfoque más sólido de la seguridad humana en la era digital requerirá una dotación deliberada de recursos y el compromiso de colaborar más estrechamente con las comunidades afectadas, las ONG, el mundo académico y los expertos del sector privado. 

En nuestro informe ofrecemos recomendaciones detalladas para los Estados miembros del CSNU. En líneas generales, recomendamos que estos Estados 

Determinar la intersección de las cuestiones de su firma con los derechos humanos y la seguridad en la era digital, revisar su capacidad actual en cuestiones digitales y cibernéticas, y tratar de introducir estos aspectos en las resoluciones y debates del CSNU, en estrecha coordinación con las comunidades afectadas y las organizaciones no gubernamentales y expertos;

Garantizar que el cuerpo diplomático reciba formación y actualizaciones periódicas de la sociedad civil y los tecnólogos sobre los derechos digitales en situaciones de inseguridad o conflicto;

Mejorar el lenguaje sobre cuestiones digitales y cibernéticas relacionadas con los derechos humanos, especialmente cuando se trata de mecanismos de protección y rendición de cuentas; 

Garantizar la coherencia a la hora de expresar la preocupación por el impacto de las amenazas digitales y cibernéticas que afectan a la seguridad, la integridad y la protección de las misiones de la ONU y de todas las organizaciones de la sociedad civil y comunidades en peligro;

Exigir que todo llamamiento a la introducción de soluciones digitales con fines de paz y seguridad vaya acompañado de un llamamiento suficientemente enérgico a la aplicación de procedimientos de diligencia debida y mitigación en materia de derechos humanos. 

Ampliar la categoría de “seguridad humana” para incluir cuestiones digitales y cibernéticas que hoy en día son esenciales para el cumplimiento de la misión del CSNU y de la organización de la ONU en su conjunto.

Esperamos colaborar más estrechamente con los Estados, la sociedad civil, el sector privado y las organizaciones multilaterales para llevar la labor del CSNU a la era digital. 

accessnow.org

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