Panamá y el Convenio de Budapest: adecuación del marco legal contra la Ciberdelincuencia

En 2013, la Asamblea Nacional de Panamá aprobó el Convenio sobre la Ciberdelincuencia a través de la Ley 79, esta fue publicada en la Gaceta Oficial N.° 27403-A del 25 de octubre del mismo año.

En 2014, Panamá se convirtió en miembro del Convenio de Budapest, el primer tratado internacional diseñado para combatir los delitos informáticos. El Convenio sobre la ciberdelincuencia, conocido como el Convenio de Budapest es un instrumento internacional creado con el fin de combatir los delitos informáticos, así como los delitos facilitados por la tecnología. Este convenio busca la estandarización de las normas penales y la implementación de mecanismos de cooperación internacional entre los países que son miembros del convenio. 

Hasta la fecha, se habían presentado cuatro iniciativas de ley en la Asamblea Nacional, con el fin de implementar el convenio, ninguna fue aprobada.

Sin embargo, durante el año en curso fue presentado el Proyecto de Ley N.° 61 ‘’Por el cual se adoptan medidas contra la ciberdelincuencia y se dictan otras’’. Este proyecto de ley establece nuevos tipos penales específicos contra conductas delictivas que no estaban regulados por el marco legal vigente.  Entre estos tipos penales se encuentran: Abuso de dispositivos, interceptación ilícita de datos, ataques a la integridad de los sistemas, el acoso a los menores por vía cibernética, suplantación de identidad, disfunción no consentida de material íntimo, delitos contra la libertad e integridad sexual y otros delitos relevantes. Además de establecer medidas procesales para la investigación y el procesamiento de estos delitos y un régimen para el fomento de la cooperación internacional.

El 24 de septiembre del año en curso, la Comisión de Gobierno, Justicia y Asuntos Constitucionales, de la Asamblea Nacional, aprobó la propuesta de unificación de 3 proyectos de ley. Esto con el fin de que se analizara y se realizara un texto único para un proyecto.

Los 3 proyectos que fueron unificados fueron: Proyecto de ley N.° 61 ‘’Por el cual se adoptan medidas contra la ciberdelincuencia y se dictan otras’’; proyecto de ley N.° 45 ‘’Que establece políticas de prevención y protección contra la violencia sexual digital y mediática, adiciona disposiciones al código penal y dicta otras disposiciones’’ y; el proyecto de ley N.° 50 ‘’Que modifica y adiciona artículos al código penal sobre delitos informáticos’’. El proyecto de ley que prevalece es el N.° 61.

El proyecto de Ley N.° 61, que fue aprobado en tercer debate el pasado 10 de octubre del año en curso, Panamá adecúa su regulación a los estándares establecidos por el Convenio de Budapest, para combatir la ciberdelincuencia. Además, modifica y adiciona artículos al Código Penal, al Código Procesal Penal y a la Ley 11 de 2015. Esta ley introduce nuevas figuras penales y define conductas delictivas previamente no contempladas, además de medidas procesales.

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