El diputado costarricense Daniel Ulate presentó un proyecto de ley que plantea el registro de los datos biométricos de los costarricenses y extranjeros en diversas agencias gubernamentales.
La propuesta
La práctica de registrar los datos biométricos es común en la región, inclusive en el transporte público o espacios de esparcimiento. En Costa Rica, el proyecto presentado pretende que los sistemas de identificación sean ‘modernizados’ a través del reforzamiento e incorporación de nuevas habilidades biométricas, incluyendo a menores de edad que superen los 12 años y a extranjeros que se encuentren de visita en el país.
El Tribunal Supremo de Elecciones y la Dirección General de Migración y Extranjería serán los almacenadores de los datos de costarricenses y extranjeros, respectivamente. La posibilidad de acceso se extiende al Ministerio de Seguridad Pública y al Organismo de Investigación Judicial.
La justificación vaga y emotiva
En la exposición de motivos es posible observar predominantemente un componente ideológico, pues inicia presentando una descripción detallada del incremento progresivo y alarmante de acciones delictivas en el país, afectando a sectores como el turismo.
Además en el mismo texto, se evidencia una vaguedad desmesurada y una enorme variedad de contenidos contradictorios, razón por la cual el legislador acude a la utilización de fórmulas vacías. Estas formulas apelan a lo emocional y juegan un papel central tanto en la política como en el Derecho, pues son expresiones retóricas utilizadas indistintamente para los programas más variados.
Funcionan sobremanera para sustentar una orientación política, ya que son fuertemente emotivas, nadie suele tomar el atrevimiento de oponérseles y usualmente no generan medidas definidas.
Este tipo de discurso populista permite esquivar la incomodidad de poner el dedo en la llaga de la cuestiones verdaderamente decisivas, tal como el pleno goce del derecho a la privacidad y a la protección de los datos personales. Así como el esquivar la extracción de alguna consecuencia normativa específica con respecto a las cuestiones planteadas en la práctica, por ejemplo, la filtración o pérdida de esos datos recopilados.
Finalidades adyacentes
A su vez, en el texto base del proyecto, se intenta hacer un llamado de urgencia al resaltar casos específicos de acciones delictivas en perjuicio de turistas, fundamentándose en la gran afectación económica que se sufre puesto que el turismo constituye una de las principales fuentes de ganancias del país. Por ello, las medidas serían robustecidas al tratarse de todas aquellas personas extranjeras que visitan el territorio costarricense, mediante un proceso en cada puesto fronterizo y en cada consulado costarricense en el que se gestionen visas, donde se capten los rasgos biométricos de las mismas.
Parte de los fines que se manifiesta en el documento, es que el Repositorio Nacional será el único medio donde se almacene la información de biometría de tipo civil de las personas nacionales y extranjeras y que a futuro se podrá adicionar más, por ejemplo, la huella dactilar de cada dedo de la mano y las palmas de las manos. Siempre con la intención de “fortalecer las capacidades de rastreo e identificación de sujetos sospechosos de cometer delitos”.
Serios riesgos por una presunta seguridad
¿Realmente son tan seguros este tipo de datos? Si llegan a filtrarse nuestras contraseñas, podemos cambiarlas. Pero, ¿qué sucede si se filtran nuestros datos biométricos? No es posible sustituirlos. Por ello, a menos que dichos estén completamente seguros, el robo de estos podría comprometer seriamente la privacidad de los individuos. Los datos son el mayor activo de las empresas, situación que es de alarma para la ciudadanía por el peligro que eso genera.
Generalmente, de este tipo de conceptos indeterminados no es posible deducir medidas definitivas para lo que alegan. Ejemplo de esto, es que no se explica cómo serán recolectados este tipo de datos de aquellos extranjeros que visiten el país, pues es una acción sin precedentes. Dificulta aún más la claridad del proyecto el que no se categorizan los datos en conformidad con la Ley No. 8968, que clasifica los datos en confidenciales, restringidos y públicos.
Conclusiones preliminares
Sin duda, por el alto componente emotivo y la aparente seguridad jurídica que se proporciona a la población por parte de las autoridades gubernamentales, llegará tarde o temprano su aprobación. Le corresponderá al órgano de desconcentración máxima en la materia, la Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (Prodhab), velar por el cumplimiento de la ley N.° 8968 sobre Protección de la Persona frente al tratamiento de sus datos personales.
Asimismo, la sociedad civil deberá organizarse con miras a que las personas obtengan conocimientos al menos generales en la materia, para promover su participación en discusiones relacionadas y que desarrollen la capacidad de tomar consciencia sobre la vigilancia estatal a la que podrían estar sometidas. Deberán establecerse estándares mínimos en lo que refiere a datos biométricos para conseguir defender los derechos humanos de manera integral.